
facsímil de “Las Siete Partidas de Alfonso el Sabio”, “Ante mí doy fe”, edición del Museo Notarial Argentino, Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 2006.
Antes de la modernidad, y camino hacia ella… con el progreso y la razón como sus pilares, en el ámbito notarial, dos fueron las obras rectoras, podría decirse “fundantes”.
Se trata del Fuero Real y las Siete Partidas. En la primera, se exigía a los escribanos, guardar una copia de las notas y conocer a los otorgantes o a los testigos, dando lugar a la fe de conocimiento.
En las Sietes Partidas se privilegiaba y delimitaba la carta redactada por los notarios.
Debía figurar el nombre del escribano, motivación, pleito, lugar, y demás datos relevantes. Por último, el escribano firmaba dando fe en su rol de intermediario.
Otra obra importante fue la Constitución Imperial sobre el Notariado, dictada por Maximiliano I de Austria.
Allí quedaba asentada la equitativa y fructífera actividad de los escribanos de entonces: la conservación de la justicia y la paz, y su contribución para perpetuar la memoria de los hechos y de los hombres.
Este período influirá profundamente en el crecimiento notarial del siglo XIX en Europa Su impacto, aún se expande en el notariado actual.
Ya en el siglo II los chinos habían desarrollado el arte de imprimir textos. Usaron letras e imágenes talladas en relieve en bloques de madera.
La invención de la imprenta se atribuye a Johannes Gutenberg, cuyo mérito fue el de fundir letras sueltas y adaptar una prensa para la impresión de pliegos de papel, que es lo que constituyó la imprenta primitiva (1440). Fue Peter Schöffer quien concibió los punzones para hacer las matrices y fundirlas en serie y, finalmente, Johan Fust aportó el capital para llevar a buen término la genial empresa.